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Peaje en la Hidrovía Santa Fe - Confluencia. ¿Es procedente, o no?

 

AUTORES: Alejandro Vega, con la colaboración de Horacio Rivas
EDITORIAL: elDial.com
AÑO: 2024
CATEGORIA: Administrativo - Civil y Comercial
FORMATO: pdf
PAGINAS: 18


SINOPSIS:La Hidrovía Paraná- Paraguay es un corredor natural por el que circula el transporte
fluvial a través de los ríos Paraná y Paraguay. Tiene más de 3.400 km de longitud.
Comprende la navegación fluvial entre los puertos de Argentina, Paraguay, Bolivia,
Brasil y Uruguay. En enero de 2023 el gobierno Argentino a través de sus autoridades,
la Administración General de Puertos (AGP), como empresa concesionaria, comenzó
a aplicar el cobro del “peaje” de la vía navegable troncal, por las tareas de dragado y
señalización/ balizamiento, que va desde el Km 58.4 del Río Paraná, tramo exterior de
acceso al puerto de Santa Fe, hasta el km. 1238 del Río Paraná conocida con el
nombre Confluencia. Este peaje ya se había establecido en 2010 al aprobarse la
ampliación de la Vía Navegable Troncal, la cual tenía que ser mantenida en
condiciones de navegabilidad por la concesionaria. En ese momento no se aplicó
ningún monto o tarifa en dólares ya que no se sabían cuáles serían los costos, en
tanto había que recaudar información en base a los gastos y costos de la empresa que
haría el mantenimiento. En este paper se estudia el problema y las generalidades de la
medida, el marco jurídico, los puntos de conflicto, y los argumentos a favor y en contra.

Paper: Peaje en la Hidrovía Santa Fe - Confluencia. ¿Es procedente, o no?

€2,07
Paper: Peaje en la Hidrovía Santa Fe - Confluencia. ¿Es procedente, o no? €2,07

 

Peaje en la Hidrovía Santa Fe - Confluencia. ¿Es procedente, o no?

 

AUTORES: Alejandro Vega, con la colaboración de Horacio Rivas
EDITORIAL: elDial.com
AÑO: 2024
CATEGORIA: Administrativo - Civil y Comercial
FORMATO: pdf
PAGINAS: 18


SINOPSIS:La Hidrovía Paraná- Paraguay es un corredor natural por el que circula el transporte
fluvial a través de los ríos Paraná y Paraguay. Tiene más de 3.400 km de longitud.
Comprende la navegación fluvial entre los puertos de Argentina, Paraguay, Bolivia,
Brasil y Uruguay. En enero de 2023 el gobierno Argentino a través de sus autoridades,
la Administración General de Puertos (AGP), como empresa concesionaria, comenzó
a aplicar el cobro del “peaje” de la vía navegable troncal, por las tareas de dragado y
señalización/ balizamiento, que va desde el Km 58.4 del Río Paraná, tramo exterior de
acceso al puerto de Santa Fe, hasta el km. 1238 del Río Paraná conocida con el
nombre Confluencia. Este peaje ya se había establecido en 2010 al aprobarse la
ampliación de la Vía Navegable Troncal, la cual tenía que ser mantenida en
condiciones de navegabilidad por la concesionaria. En ese momento no se aplicó
ningún monto o tarifa en dólares ya que no se sabían cuáles serían los costos, en
tanto había que recaudar información en base a los gastos y costos de la empresa que
haría el mantenimiento. En este paper se estudia el problema y las generalidades de la
medida, el marco jurídico, los puntos de conflicto, y los argumentos a favor y en contra.