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La aplicación diferenciada del art. 730 del Código Civil y Comercial. Racionalidad del

sistema de costas, adecuación equitativa y prevención de conductas no deseadas.

 

Comentario a los fallos “Nieto c/ Padovani” y &;T. A. A. c/ C. L. E. y otro/a; de la

Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Morón

 

AUTORES: Walter Luis Kunzmann

EDITORIAL: elDial.com

AÑO: 2026

CATEGORIA: Procesal

FORMATO: pdf

PAGINAS: 17

 

SINOPSIS:

En este paper, el autor sostiene que aunque no se declare la inconstitucionalidad del

art. 730 CCCN, que establece topes a las costas, su aplicación nunca debe ser

automática. Para que el sistema sea justo, el juez debe evaluar la conducta de las

partes. De lo contrario, se corre el riesgo de castigar a quien se vio obligado a litigar

para ver reconocido su derecho, trasladándole costos que no le corresponden. Por

otro lado, advierte que las facultades judiciales de regulación equitativa (art. 1255

CCCN) no deben utilizarse para "licuar" el trabajo de los abogados.

Paper: La aplicación diferenciada del art. 730 del Código Civil y Comercial. Racionalidad del sistema de costas, adecuación equitativa y prevención de conductas no deseadas.

R$13,95
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La aplicación diferenciada del art. 730 del Código Civil y Comercial. Racionalidad del

sistema de costas, adecuación equitativa y prevención de conductas no deseadas.

 

Comentario a los fallos “Nieto c/ Padovani” y &;T. A. A. c/ C. L. E. y otro/a; de la

Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Morón

 

AUTORES: Walter Luis Kunzmann

EDITORIAL: elDial.com

AÑO: 2026

CATEGORIA: Procesal

FORMATO: pdf

PAGINAS: 17

 

SINOPSIS:

En este paper, el autor sostiene que aunque no se declare la inconstitucionalidad del

art. 730 CCCN, que establece topes a las costas, su aplicación nunca debe ser

automática. Para que el sistema sea justo, el juez debe evaluar la conducta de las

partes. De lo contrario, se corre el riesgo de castigar a quien se vio obligado a litigar

para ver reconocido su derecho, trasladándole costos que no le corresponden. Por

otro lado, advierte que las facultades judiciales de regulación equitativa (art. 1255

CCCN) no deben utilizarse para "licuar" el trabajo de los abogados.

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