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Producción probatoria por particulares y el uso de medios subrepticios

Nuevos paradigmas y problemas

AUTORES: Juan Manuel Chiaradia

EDITORIAL: elDial.com

AÑO: 2023

CATEGORIA: Penal

FORMATO: pdf

PAGINAS: 39

 

SINOPSIS:

En los últimos tiempos se ha visto un gran incremento de procesos iniciados a raíz de una actividad investigativa previa, por parte de un damnificado o tercero –como periodistas- o bien sujetos que realizan por su cuenta investigaciones mientras se lleva a cabo el proceso judicial, cuyos resultados se introducen luego al juicio. Estas investigaciones pueden ser realizadas por periodistas, por alguna de las partes afectadas o incluso terceros y se utilizan distintos medios, desde recabar información de agencias privadas u organismos estatales –nacionales o extranjeros-, hasta la búsqueda de testigos y la realización de grabaciones ocultas, entre otras. El cambio impulsado a nivel federal de nuestro sistema procesal penal hacia un modelo acusatorio, cuya aplicación comenzó a mediados del año 2019 y de forma progresiva (actualmente sólo en dos provincias), nos obliga a analizar desde otra perspectiva los actos procesales y la actividad de las partes. Sobre este eje, me centraré en la producción de elementos de prueba por parte de particulares actuando a título personal –en especial, sobre un grupo de casos problemáticos-, y su posterior incorporación al proceso. Esta distinción no es antojadiza, sino que la producción de los elementos de convicción y su posterior incorporación son dos cuestiones independientes que se rigen por distintos principios normativos.


 

 Juan Manuel Chiaradia: Abogado (UBA), Especialista en Administración de Justicia (UBA). Maestrando de la Maestría en Magistratura (UBA, tesis en curso). Funcionario del Poder Judicial de la Nación que se desempeña en el fuero Criminal y Correccional Federal desde el año 2009. Docente regular del Departamento de Derecho Procesal, cátedra de la Dra. Ángela E. Ledesma, Facultad de Derecho (UBA).

 

Paper: Producción probatoria por particulares y el uso de medios subrepticios

$1.33 USD
Paper: Producción probatoria por particulares y el uso de medios subrepticios $1.33 USD

Producción probatoria por particulares y el uso de medios subrepticios

Nuevos paradigmas y problemas

AUTORES: Juan Manuel Chiaradia

EDITORIAL: elDial.com

AÑO: 2023

CATEGORIA: Penal

FORMATO: pdf

PAGINAS: 39

 

SINOPSIS:

En los últimos tiempos se ha visto un gran incremento de procesos iniciados a raíz de una actividad investigativa previa, por parte de un damnificado o tercero –como periodistas- o bien sujetos que realizan por su cuenta investigaciones mientras se lleva a cabo el proceso judicial, cuyos resultados se introducen luego al juicio. Estas investigaciones pueden ser realizadas por periodistas, por alguna de las partes afectadas o incluso terceros y se utilizan distintos medios, desde recabar información de agencias privadas u organismos estatales –nacionales o extranjeros-, hasta la búsqueda de testigos y la realización de grabaciones ocultas, entre otras. El cambio impulsado a nivel federal de nuestro sistema procesal penal hacia un modelo acusatorio, cuya aplicación comenzó a mediados del año 2019 y de forma progresiva (actualmente sólo en dos provincias), nos obliga a analizar desde otra perspectiva los actos procesales y la actividad de las partes. Sobre este eje, me centraré en la producción de elementos de prueba por parte de particulares actuando a título personal –en especial, sobre un grupo de casos problemáticos-, y su posterior incorporación al proceso. Esta distinción no es antojadiza, sino que la producción de los elementos de convicción y su posterior incorporación son dos cuestiones independientes que se rigen por distintos principios normativos.


 

 Juan Manuel Chiaradia: Abogado (UBA), Especialista en Administración de Justicia (UBA). Maestrando de la Maestría en Magistratura (UBA, tesis en curso). Funcionario del Poder Judicial de la Nación que se desempeña en el fuero Criminal y Correccional Federal desde el año 2009. Docente regular del Departamento de Derecho Procesal, cátedra de la Dra. Ángela E. Ledesma, Facultad de Derecho (UBA).