Menú

La certeza de la sentencia condenatoria, la acusación alternativa y la teoría del caso

 

AUTORES: Diego Nicolás Rengel

EDITORIAL: elDial.com

AÑO: 2023

CATEGORIA: Penal

FORMATO: pdf

PAGINAS: 22

 

SINOPSIS:

La importancia del método de la acusación alternativa (y, también, la subsidiaria) nace a propósito de que, en el procedimiento penal federal (Art. 307), se dispone que los jueces no podrán dar al hecho una calificación jurídica distinta “salvo que sea en beneficio del imputado siempre que haya sido objeto de debate”, o imponer penas más graves a las solicitadas por la acusación. Esta modificación podría importar una revisión (¡o abandono!) del principio “iura novit curia”; la puesta en cabeza de la acusación del “titulus condemnationis” y del derecho de cuantificación penal; todo ello, históricamente reservado a la función jurisdiccional. Para que ello pueda ajustarse, es necesario verificar cuáles son las características que tienen esos métodos y, en definitiva, la necesidad de su aplicación; pues, su uso incorrecto podría derivar en una debilidad del caso de la acusación o procurar la sorpresa en la defensa, afectando principios constitucionales; y, en estas condiciones, no brindar las herramientas para alcanzar la certeza requerida para un pronunciamiento condenatorio.

 

Diego Nicolás Rengel: Abogado (UBA), especialista en Derecho Penal y Ciencias Penales (USAL), profesor adjunto de Derecho Penal II (UFLO); auxiliar por concurso (UBA), funcionario del Poder Judicial de la Nación.

Paper: La certeza de la sentencia condenatoria, la acusación alternativa y la teoría del caso

$1.150
Paper: La certeza de la sentencia condenatoria, la acusación alternativa y la teoría del caso $1.150

La certeza de la sentencia condenatoria, la acusación alternativa y la teoría del caso

 

AUTORES: Diego Nicolás Rengel

EDITORIAL: elDial.com

AÑO: 2023

CATEGORIA: Penal

FORMATO: pdf

PAGINAS: 22

 

SINOPSIS:

La importancia del método de la acusación alternativa (y, también, la subsidiaria) nace a propósito de que, en el procedimiento penal federal (Art. 307), se dispone que los jueces no podrán dar al hecho una calificación jurídica distinta “salvo que sea en beneficio del imputado siempre que haya sido objeto de debate”, o imponer penas más graves a las solicitadas por la acusación. Esta modificación podría importar una revisión (¡o abandono!) del principio “iura novit curia”; la puesta en cabeza de la acusación del “titulus condemnationis” y del derecho de cuantificación penal; todo ello, históricamente reservado a la función jurisdiccional. Para que ello pueda ajustarse, es necesario verificar cuáles son las características que tienen esos métodos y, en definitiva, la necesidad de su aplicación; pues, su uso incorrecto podría derivar en una debilidad del caso de la acusación o procurar la sorpresa en la defensa, afectando principios constitucionales; y, en estas condiciones, no brindar las herramientas para alcanzar la certeza requerida para un pronunciamiento condenatorio.

 

Diego Nicolás Rengel: Abogado (UBA), especialista en Derecho Penal y Ciencias Penales (USAL), profesor adjunto de Derecho Penal II (UFLO); auxiliar por concurso (UBA), funcionario del Poder Judicial de la Nación.