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Compensación económica

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Análisisy elementos procesales para su interpretación

 

 

Sobre el libro

eBook: Incluye versión eBook

Editorial: Ediciones DyD

Páginas: 358

Autor: Solari Nestor

 

Compensación económica

Néstor Eliseo Solari

 

La novel institución de la compensación económica incorporada al derecho argentino va adquiriendo contornos propios en sus primeros años de vigencia. Tanto la doctrina como la jurisprudencia comienzan a diseñar su implementación práctica, y van emergiendo cuestiones de fondo y procesales que conllevan interpretaciones disímiles.

El código de fondo, al legislar sobre la compensación económica, incluye escasas previsiones en la materia tanto en el matrimonio como en las uniones convivenciales. Específicamente, dos normas en cada uno de los modelos familiares. Es decir, solamente tenemos cuatro artículos que refieren a la institución. Las numerosas situaciones que involucra la compensación económica, tanto de fondo como de forma, nos lleva a destacar la insuficiencia de las normas legales, abriendo caminos inciertos en los respectivos juicios y procesos en donde se debate la institución.

Más allá de las pocas normas existentes —desde el punto de vista cuantitativo—, debemos agregar que se ha perdido la oportunidad para incluir previsiones concretas respecto de personas en situación de vulnerabilidad —mujeres, discapacidad y mayores adultos— si tenemos en consideración los tratados internacionales ratificados por el Estado Argentino. Queremos decir: sin perjuicio de que la interpretación armónica del ordenamiento jurídico —cfr. arts. 1 y 2, CCyC— exige observar los tratados internacionales con jerarquía constitucional, el legislador, en el orden interno, tiene la misión de incorporar disposiciones específicas en tal sentido. Precisamente, en la institución de la compensación económica, era terreno propicio para haber contemplado situaciones derivadas de esta. En particular, y no obstante la perspectiva de género por parte del juzgador, la norma tuvo que haber contemplado aspectos que involucran una mirada de género en la institución. Lo que no hizo el legislador del Código Civil y Comercial.

En tal contexto, nos parece propicia la ocasión para brindar al lector elementos y herramientas para interpretar las diversas cuestiones que presenta la compensación económica en el derecho argentino.

 

Principales temas abordados:

Institución de la compensación económica.

Diferencias con otras instituciones.

Compatibilidad con otros efectos jurídicos.

Derecho temporal – Caducidad.

Aspectos procesales para su procedencia.

Pautas para su fijación.

El pago y otras vicisitudes.

Cuestiones no contempladas en la ley.

 

INDICE

 

Libro: Compensación económica

$42.500
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Sobre el libro

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Páginas: 358

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Compensación económica

Néstor Eliseo Solari

 

La novel institución de la compensación económica incorporada al derecho argentino va adquiriendo contornos propios en sus primeros años de vigencia. Tanto la doctrina como la jurisprudencia comienzan a diseñar su implementación práctica, y van emergiendo cuestiones de fondo y procesales que conllevan interpretaciones disímiles.

El código de fondo, al legislar sobre la compensación económica, incluye escasas previsiones en la materia tanto en el matrimonio como en las uniones convivenciales. Específicamente, dos normas en cada uno de los modelos familiares. Es decir, solamente tenemos cuatro artículos que refieren a la institución. Las numerosas situaciones que involucra la compensación económica, tanto de fondo como de forma, nos lleva a destacar la insuficiencia de las normas legales, abriendo caminos inciertos en los respectivos juicios y procesos en donde se debate la institución.

Más allá de las pocas normas existentes —desde el punto de vista cuantitativo—, debemos agregar que se ha perdido la oportunidad para incluir previsiones concretas respecto de personas en situación de vulnerabilidad —mujeres, discapacidad y mayores adultos— si tenemos en consideración los tratados internacionales ratificados por el Estado Argentino. Queremos decir: sin perjuicio de que la interpretación armónica del ordenamiento jurídico —cfr. arts. 1 y 2, CCyC— exige observar los tratados internacionales con jerarquía constitucional, el legislador, en el orden interno, tiene la misión de incorporar disposiciones específicas en tal sentido. Precisamente, en la institución de la compensación económica, era terreno propicio para haber contemplado situaciones derivadas de esta. En particular, y no obstante la perspectiva de género por parte del juzgador, la norma tuvo que haber contemplado aspectos que involucran una mirada de género en la institución. Lo que no hizo el legislador del Código Civil y Comercial.

En tal contexto, nos parece propicia la ocasión para brindar al lector elementos y herramientas para interpretar las diversas cuestiones que presenta la compensación económica en el derecho argentino.

 

Principales temas abordados:

Institución de la compensación económica.

Diferencias con otras instituciones.

Compatibilidad con otros efectos jurídicos.

Derecho temporal – Caducidad.

Aspectos procesales para su procedencia.

Pautas para su fijación.

El pago y otras vicisitudes.

Cuestiones no contempladas en la ley.

 

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