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AUTORES: Pablo Guillermo Lucero y Alejandro Andrés Kohen
EDITORIAL: elDial.com
AÑO: 2011
FORMATO: PDF
PAGINAS: 395
Pablo Guillermo Lucero
Abogado.Secretario de Primera Instancia en la Oficina de Seguimiento del Sistema Informático JusCABA del Poder Judicial de la C.A.B.A.
Alejandro Andrés Kohen
Abogado.Funcionario de la Dirección de Informática y Tecnología del Consejo de la Magistratura de la C.A.B.A.
Colaboración de Guillermo Alberto Caserotto
Ingeniero en Sistemas de Información.Funcionario de la Dirección de Informática y Tecnología del Consejo de la Magistratura de la C.A.B.A.
Prólogo
Los autores, los Dres. Pablo Guillermo Lucero y Alejandro Andrés Kohen -a quien tengo el gusto de haber conocido en la excelente actividad
académica cumplida en la Carrera de Postgrado de Abogado Especialista en Derecho de la Alta Tecnología de la Universidad Católica Argentina,
que dirijo hace varios años y de la que Alejandro es egresado-, se han tomado el trabajo en esta obra de sistematizar, revisar y actualizar
opiniones y doctrinas relacionadas con la introducción al fenómeno del delito frente a las nuevas tecnologías y al desarrollo informático.
Un útil primer capítulo sobre Informática, Tecnología e Internet, escrito con simpleza no exenta de profundidad por el Ingeniero Guillermo
Alberto Caserotto, sirve de introducción a neófitos en temas tecnológicos, que se ve complementado con un exhaustivo Diccionario Jurídico
Informático en uno de los anexos del epílogo de gran ayuda para conocer con mayor exactitud los tipos legales comentados y muchas de las nuevas
acciones delictuales. Posteriormente, el lector conocerá la definición de delito informático, las clasificaciones, sus caracteres relevantes, y los problemas específicos de este tipo de delito planteado por las nuevas tecnologías, y en cada caso los autores efectúan un prolijo análisis de los antecedentes del tipo penal,
las características del bien jurídico protegido, la estructura legal - conformada por los sujetos activo y pasivo del delito-, la consumación, la tentativa y la acción penal. Se analizan con solvencia uno a uno los diversos tipos de delitos informáticos tales como el acceso indebido a los correos electrónicos, la
estafa informática, el daño a bienes intangibles, los virus informáticos y el delito de daño, protección de la información confidencial de la empresa, la
reproducción ilegítima de programas de computación, delitos contra la privacidad y contra la libertad informática, intercepción de
comunicaciones, el acceso ilegítimo a sistemas informáticos, tratamiento, venta y procesamiento ilegítimo de la información personal, y las
falsedades de documentos almacenados en soportes informáticos. Cierra la obra una nutrida y moderna Bibliografía y la transcripción completa de la
ley 26.388.No cabe duda de que el progreso de la informática es una de las características primordiales y destacadas de este milenio, por lo que su
utilización comprende un abanico de posibilidades que es indispensable delimitar a fin de combatir excesos y evitar que situaciones que puedan
generar un perjuicio queden impunes. Es por ello que, ante esta situación, se presente como natural la aparición de renovadas disposiciones penales en salvaguarda de los bienes jurídicos que urgen protección. La sociedad a través de sus instituciones - especialmente los legisladores y los jueces- serán los responsables de hacer posible el interés del Estado en considerar que ciertas actitudes generadas por las nuevas tecnologías, sean consideradas disvaliosas de tal magnitud que merezcan el castigo del Derecho Penal. Obras como la que tengo el honor de prologar y la actividad de investigación académica serán las responsables de juzgar el mérito de las reformas introducidas y proponer modificaciones si fueran necesarias o proponer la introducción de nuevas figuras. Mis sinceras felicitaciones a los autores por el valioso aporte a este apasionante desafío.
Dr. Horacio R.Granero.
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AUTORES: Pablo Guillermo Lucero y Alejandro Andrés Kohen
EDITORIAL: elDial.com
AÑO: 2011
FORMATO: PDF
PAGINAS: 395
Pablo Guillermo Lucero
Abogado.Secretario de Primera Instancia en la Oficina de Seguimiento del Sistema Informático JusCABA del Poder Judicial de la C.A.B.A.
Alejandro Andrés Kohen
Abogado.Funcionario de la Dirección de Informática y Tecnología del Consejo de la Magistratura de la C.A.B.A.
Colaboración de Guillermo Alberto Caserotto
Ingeniero en Sistemas de Información.Funcionario de la Dirección de Informática y Tecnología del Consejo de la Magistratura de la C.A.B.A.
Prólogo
Los autores, los Dres. Pablo Guillermo Lucero y Alejandro Andrés Kohen -a quien tengo el gusto de haber conocido en la excelente actividad
académica cumplida en la Carrera de Postgrado de Abogado Especialista en Derecho de la Alta Tecnología de la Universidad Católica Argentina,
que dirijo hace varios años y de la que Alejandro es egresado-, se han tomado el trabajo en esta obra de sistematizar, revisar y actualizar
opiniones y doctrinas relacionadas con la introducción al fenómeno del delito frente a las nuevas tecnologías y al desarrollo informático.
Un útil primer capítulo sobre Informática, Tecnología e Internet, escrito con simpleza no exenta de profundidad por el Ingeniero Guillermo
Alberto Caserotto, sirve de introducción a neófitos en temas tecnológicos, que se ve complementado con un exhaustivo Diccionario Jurídico
Informático en uno de los anexos del epílogo de gran ayuda para conocer con mayor exactitud los tipos legales comentados y muchas de las nuevas
acciones delictuales. Posteriormente, el lector conocerá la definición de delito informático, las clasificaciones, sus caracteres relevantes, y los problemas específicos de este tipo de delito planteado por las nuevas tecnologías, y en cada caso los autores efectúan un prolijo análisis de los antecedentes del tipo penal,
las características del bien jurídico protegido, la estructura legal - conformada por los sujetos activo y pasivo del delito-, la consumación, la tentativa y la acción penal. Se analizan con solvencia uno a uno los diversos tipos de delitos informáticos tales como el acceso indebido a los correos electrónicos, la
estafa informática, el daño a bienes intangibles, los virus informáticos y el delito de daño, protección de la información confidencial de la empresa, la
reproducción ilegítima de programas de computación, delitos contra la privacidad y contra la libertad informática, intercepción de
comunicaciones, el acceso ilegítimo a sistemas informáticos, tratamiento, venta y procesamiento ilegítimo de la información personal, y las
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ley 26.388.No cabe duda de que el progreso de la informática es una de las características primordiales y destacadas de este milenio, por lo que su
utilización comprende un abanico de posibilidades que es indispensable delimitar a fin de combatir excesos y evitar que situaciones que puedan
generar un perjuicio queden impunes. Es por ello que, ante esta situación, se presente como natural la aparición de renovadas disposiciones penales en salvaguarda de los bienes jurídicos que urgen protección. La sociedad a través de sus instituciones - especialmente los legisladores y los jueces- serán los responsables de hacer posible el interés del Estado en considerar que ciertas actitudes generadas por las nuevas tecnologías, sean consideradas disvaliosas de tal magnitud que merezcan el castigo del Derecho Penal. Obras como la que tengo el honor de prologar y la actividad de investigación académica serán las responsables de juzgar el mérito de las reformas introducidas y proponer modificaciones si fueran necesarias o proponer la introducción de nuevas figuras. Mis sinceras felicitaciones a los autores por el valioso aporte a este apasionante desafío.
Dr. Horacio R.Granero.