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Coronavirus y su impacto en los contratos inmobiliarios y en la propiedad horizontal

Problemáticas frecuentes en materia de propiedad horizontal, alquileres, compraventa e hipotecas que se acentuaron durante la pandemia.

 

AUTORES:  Jorge C. Resqui Pizarro

EDITORIAL:   elDial.com
AÑO:   2020
FORMATO: PDF
PAGINAS:  141

 

Son tiempos disruptivos y no sólo en nuestra República. A principios de año un virus nada conocido para la humanidad comenzó a rondar las informaciones que recibíamos por la prensa extranjera.

En marzo la Organización Mundial de la Salud (OMS, por su sigla global) declaró el brote del nuevo coronavirus como una pandemia, luego de que el número de personas infectadas por COVID-19 a nivel planetario llegara a 118.554, y el número de muertes a 4.281, afectando hasta ese momento a 110 países. Por estas horas, los infectados en el mundo son 3.744.822, con 258.983 muertes y 1.250.263 recuperados, en más de 195 Estados (datos de marca.com). En nuestra tierra, el total de casos confirmados es de 5.020, de los cuales 264 fallecieron y fueron dadas de altas 1.524 personas (fuente https://www.argentina.gob.ar/salud/coronavirus-COVID-19).

De allí en más, el mundo inició un cambio vertiginoso y las personas y los gobiernos, por un lado, se encontraron con lo imprevisible y por el otro comenzaron a tomar, con dispar acierto, los recaudos pertinentes para enfrentar la enfermedad que según los epidemiólogos es altamente contagiosa y de fuertes connotaciones para la salud cuando no letal.

En ese devenir, como no podría ser de otra manera, el derecho mediante su fuente por antonomasia – la ley – emprendió el imperioso camino del acomodamiento a la novísima realidad.

En la Argentina, el 12 de marzo ya teníamos la ampliación de la “emergencia sanitaria” por un año a partir de ese día, cuando apenas el 23 de diciembre del año pasado los parlamentarios nos dijeron que la “mega emergencia pública” (en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social) era hasta el 31 de diciembre de 2020 (por intermedio de la ley 27.541).

Sin embargo, restaban unas jornadas para que iniciáramos una experiencia inédita, entiendo, para la inmensa mayoría de los argentinos. A las 0 horas del pasado 20 de marzo ingresamos en una órbita impensada, única, hasta diría “paranormal”: el aislamiento social, preventivo y obligatorio deparado por el DNU 297/2020.

A partir de ese suceso, mientras nos acomodábamos en nuestras casas o residencias de distanciamiento, sin entender demasiado y con un horizonte poco esperanzador, dio inicio la retahíla de normativa (DNU, decretos, decisiones administrativas, resoluciones, disposiciones) dispuesta por la Autoridad en los distintos niveles y sus decenas de funcionarios para enfrentar la conmovida existencia de los ciudadanos y habitantes del país, atender las urgencias y evitar que se desmorone el entramado jurídico legal que durante largas décadas supimos conseguir.

Mientras tanto, nos atiborramos de información de aquí y de allá, soportamos a los opinólogos de toda laya, escuchamos con interés a un puñado de conocedores de distintas disciplinas y nos lanzamos desesperadamente a lo remoto, lo virtual, lo distante, para no perder la ilación de las cosas, aferrándonos a comunicarnos del modo que sea (teléfono, WhatsApp o cualquier forma de mensajería instantánea, correos electrónicos, dispositivos varios, plataformas para reunirnos y sesionar), poniéndonos a la orden del día con lo telemático y la informática que nos acerca a los otros, a los que en no pocas ocasiones – en otro contexto - eludimos o derechamente no queremos ni ver, pero que en esta encrucijada los necesitamos como sustento vital.

Así los días, comenzó, a poco de andar la cuarentena, la sucesión de colaboraciones, publicaciones, ensayos – escritos, en videos y audios - que tratan de explicar y comentar los impensados cambios que nuestra legislación, de manera excepcional y transitoria, presenta.

Esta editorial, elDial.com, lideró el proceso de adaptación, inaugurando un suplemento de excelencia referido al #Coronavirus, la #Emergencia y sus #Efectos jurídicos.

Precisamente de ahí nace la idea de esta obra, concisa, que trata de analizar de manera directa y con un sentido práctico el impacto que la emergencia provoca en los ámbitos de nuestra apreciada especialidad, el derecho inmobiliario y la propiedad horizontal, entendida como derecho real y también como sistema.

En una Nación en la que aproximadamente el 90 % de sus moradores habitan ciudades – de diversos tamaños y peculiaridades -, con aglomeración de personas en muchas de ellas que obliga, cada vez en mayor medida, a la construcción de edificios verticales, era de esperar que el trastocamiento legal por conducto de la temible enfermedad fuera notorio.

Indudablemente, el confinamiento forzoso modificó en lo sustancial las modalidades de la vida consorcial, en la que los ocupantes de unidades funcionales – de las que son propietarios, poseedores o locatarios - cohabitan con trabajadores que les prestan servicios y deben designar a otro para que dirija la comunidad, quien a su vez se relaciona con proveedores que permiten que los edificios y los conjuntos inmobiliarios se sustenten, mantengan y cumplan con las exigencias que el Estado les confiere. Esto es, una lista casi interminable de relaciones humanas y contractuales que se ven agredidas por lo inopinado.

Entonces, el Gobierno debe pensar como adaptar las regulaciones a la impronta del furibundo cambio, los estudiosos del derecho analizar si las normas se adecuan al diseño institucional, los operadores jurídicos trabajar sobre la urgencia para preservar los derechos de los justiciables y la judicatura enmarcar las imperiosas necesidades que se originan con el tumulto normativo, teniendo a su merced los límites que ahuyenten la arbitrariedad y la desproporción en las medidas que se adoptan.

El lector encontrará, pues, en las próximas páginas casi todas las novedades legales que interesan a lo inmobiliario, los contratos y las consecuencias de sus incumplimientos por el cimbronazo que nos aqueja, los alquileres, las hipotecas, los consorcios, los conjuntos inmobiliarios y algunos de los institutos del derecho de la propiedad horizontal.

Esperamos, sinceramente, no defraudar las expectativas que, sin hesitación, consideramos la temática genera.

 

INDICE

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EDITORIAL:   elDial.com
AÑO:   2020
FORMATO: PDF
PAGINAS:  141

 

Son tiempos disruptivos y no sólo en nuestra República. A principios de año un virus nada conocido para la humanidad comenzó a rondar las informaciones que recibíamos por la prensa extranjera.

En marzo la Organización Mundial de la Salud (OMS, por su sigla global) declaró el brote del nuevo coronavirus como una pandemia, luego de que el número de personas infectadas por COVID-19 a nivel planetario llegara a 118.554, y el número de muertes a 4.281, afectando hasta ese momento a 110 países. Por estas horas, los infectados en el mundo son 3.744.822, con 258.983 muertes y 1.250.263 recuperados, en más de 195 Estados (datos de marca.com). En nuestra tierra, el total de casos confirmados es de 5.020, de los cuales 264 fallecieron y fueron dadas de altas 1.524 personas (fuente https://www.argentina.gob.ar/salud/coronavirus-COVID-19).

De allí en más, el mundo inició un cambio vertiginoso y las personas y los gobiernos, por un lado, se encontraron con lo imprevisible y por el otro comenzaron a tomar, con dispar acierto, los recaudos pertinentes para enfrentar la enfermedad que según los epidemiólogos es altamente contagiosa y de fuertes connotaciones para la salud cuando no letal.

En ese devenir, como no podría ser de otra manera, el derecho mediante su fuente por antonomasia – la ley – emprendió el imperioso camino del acomodamiento a la novísima realidad.

En la Argentina, el 12 de marzo ya teníamos la ampliación de la “emergencia sanitaria” por un año a partir de ese día, cuando apenas el 23 de diciembre del año pasado los parlamentarios nos dijeron que la “mega emergencia pública” (en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social) era hasta el 31 de diciembre de 2020 (por intermedio de la ley 27.541).

Sin embargo, restaban unas jornadas para que iniciáramos una experiencia inédita, entiendo, para la inmensa mayoría de los argentinos. A las 0 horas del pasado 20 de marzo ingresamos en una órbita impensada, única, hasta diría “paranormal”: el aislamiento social, preventivo y obligatorio deparado por el DNU 297/2020.

A partir de ese suceso, mientras nos acomodábamos en nuestras casas o residencias de distanciamiento, sin entender demasiado y con un horizonte poco esperanzador, dio inicio la retahíla de normativa (DNU, decretos, decisiones administrativas, resoluciones, disposiciones) dispuesta por la Autoridad en los distintos niveles y sus decenas de funcionarios para enfrentar la conmovida existencia de los ciudadanos y habitantes del país, atender las urgencias y evitar que se desmorone el entramado jurídico legal que durante largas décadas supimos conseguir.

Mientras tanto, nos atiborramos de información de aquí y de allá, soportamos a los opinólogos de toda laya, escuchamos con interés a un puñado de conocedores de distintas disciplinas y nos lanzamos desesperadamente a lo remoto, lo virtual, lo distante, para no perder la ilación de las cosas, aferrándonos a comunicarnos del modo que sea (teléfono, WhatsApp o cualquier forma de mensajería instantánea, correos electrónicos, dispositivos varios, plataformas para reunirnos y sesionar), poniéndonos a la orden del día con lo telemático y la informática que nos acerca a los otros, a los que en no pocas ocasiones – en otro contexto - eludimos o derechamente no queremos ni ver, pero que en esta encrucijada los necesitamos como sustento vital.

Así los días, comenzó, a poco de andar la cuarentena, la sucesión de colaboraciones, publicaciones, ensayos – escritos, en videos y audios - que tratan de explicar y comentar los impensados cambios que nuestra legislación, de manera excepcional y transitoria, presenta.

Esta editorial, elDial.com, lideró el proceso de adaptación, inaugurando un suplemento de excelencia referido al #Coronavirus, la #Emergencia y sus #Efectos jurídicos.

Precisamente de ahí nace la idea de esta obra, concisa, que trata de analizar de manera directa y con un sentido práctico el impacto que la emergencia provoca en los ámbitos de nuestra apreciada especialidad, el derecho inmobiliario y la propiedad horizontal, entendida como derecho real y también como sistema.

En una Nación en la que aproximadamente el 90 % de sus moradores habitan ciudades – de diversos tamaños y peculiaridades -, con aglomeración de personas en muchas de ellas que obliga, cada vez en mayor medida, a la construcción de edificios verticales, era de esperar que el trastocamiento legal por conducto de la temible enfermedad fuera notorio.

Indudablemente, el confinamiento forzoso modificó en lo sustancial las modalidades de la vida consorcial, en la que los ocupantes de unidades funcionales – de las que son propietarios, poseedores o locatarios - cohabitan con trabajadores que les prestan servicios y deben designar a otro para que dirija la comunidad, quien a su vez se relaciona con proveedores que permiten que los edificios y los conjuntos inmobiliarios se sustenten, mantengan y cumplan con las exigencias que el Estado les confiere. Esto es, una lista casi interminable de relaciones humanas y contractuales que se ven agredidas por lo inopinado.

Entonces, el Gobierno debe pensar como adaptar las regulaciones a la impronta del furibundo cambio, los estudiosos del derecho analizar si las normas se adecuan al diseño institucional, los operadores jurídicos trabajar sobre la urgencia para preservar los derechos de los justiciables y la judicatura enmarcar las imperiosas necesidades que se originan con el tumulto normativo, teniendo a su merced los límites que ahuyenten la arbitrariedad y la desproporción en las medidas que se adoptan.

El lector encontrará, pues, en las próximas páginas casi todas las novedades legales que interesan a lo inmobiliario, los contratos y las consecuencias de sus incumplimientos por el cimbronazo que nos aqueja, los alquileres, las hipotecas, los consorcios, los conjuntos inmobiliarios y algunos de los institutos del derecho de la propiedad horizontal.

Esperamos, sinceramente, no defraudar las expectativas que, sin hesitación, consideramos la temática genera.

 

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